![]() |
|||||
|
Inicio
Guía de Proveedores Buscador de noticias Boletín informativo Servicios útiles Links de interés Normativa del sector Esp.Tecnica Combustibles Contacto |
|||||
hay tiempo hasta el 10 para cumplir con el envÃo de informaciónLos expendedores están obligados a informar los volúmenes de venta del mes anterior entre el dÃa 1º y el dÃa 10.La SecretarÃa de EnergÃa advirtió acatar con la obligación de referencia para no incurrir en apercibimientos por incumplimiento, además de recordar la modificación de los nombres de algunos productos La Resolución 1104/2004 sancionada por la SecretarÃa de EnergÃa, obliga a los expendedores inscriptos en el registro habilitado a tal efecto a informar mensualmente, entre el dÃa 1 y el dÃa 10, los precios y volúmenes de venta correspondientes al mes anterior. Por ello se recuerda el vencimiento del plazo para acatar con la obligación de referencia y no incurrir en apercibimientos por incumplimiento que pueden llegar hasta la baja del Padrón Informático impidiendo el abastecimiento de combustibles. La dependencia informó que a partir del mes de julio se modificaron los nombres de algunos productos de la Resolución 1104/04. Asimismo, se procederá a informar de una forma diferenciada los productos exentos o no de impuestos especÃficos.
Fuente: Faeni
|
|||||
Diseño web: Zaikoms.:: |
|||||