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EXCLUYEN EL IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES PERMANENTE

Luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denunciara penalmente a los titulares del denominado Grupo Indalo, Cristóbal López y Fabián De Sousa, por el presunto delito de insolvencia fiscal fraudulenta, el organismo modificó el régimen de facilidades de pago permanente previsto en la Resolución General N° 3.827. La misma establece un régimen de facilidades de pago para posibilitar la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras —así como sus intereses y multas— cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo la AFIP. Ahora, según muestra la Resolución General 3.836 publicada esta mañana en el Boletín Oficial, por “razones de administración tributaria”, el organismo excluye del régimen al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas, el Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado y el Fondo Hídrico de Infraestructura.

Fuente:
Noticia cargada el miercoles 16 de marzo de 2016



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