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Nueva reglamentación del ENARGAS para uso de gas natural en vehículos de transporte de producción nacional



El Ente aprobó la NAG-452 para la habilitación de vehículos destinados al transporte, producidos en el Territorio Nacional, propulsados mediante el uso de gas natural.

La norma establece el procedimiento para habilitar la utilización y abastecimiento del gas natural como combustible en vehículos carreteros destinados al transporte de pasajeros o de carga, desde la instancia de su producción en el país hasta los posteriores controles luego de su comercialización inclusive.

La Resolución establece que todo Fabricante de Vehículos Propulsados mediante el uso de Gas Natural como combustible (FVPGN), deberá inscribirse como tal en el Registro de Matrículas Habilitantes (RMH), cumpliendo con todos los requerimientos ya establecidos para esa figura. También determina que todo FVPGN deberá presentar y mantener vigentes las certificaciones que correspondan expedidas por un Organismo de Certificación reconocido por el ENARGAS, en carácter de Organismo de Certificación interviniente.

La NAG-452 está orientada a la reglamentación de un nuevo polo de demanda de gas natural, que traerá aparejado el desarrollo de tecnologías de alto valor agregado y la generación de nuevas fuentes de trabajo con empleo de mano de obra calificada.

El organismo regulador puntualizó que la nueva norma tiene el propósito de «promover y facilitar políticas para mejorar la calidad y eficiencia del servicio de transporte público terrestre de pasajeros o de carga, en términos de una movilidad más saludable por la reducción de emisiones gaseosas y sonoras contaminantes, particularmente valorable en zonas de alta concentración urbana y por la disminución de costos de logística, con la utilización de un combustible de menor precio relativo».

Además, indicó, procura promover «un uso seguro y racional de la energía, tomando en cuenta la utilización de tecnologías certificadas a través de reglamentaciones nacionales, de normas internacionales, regionales y de países de reconocida trayectoria en la materia».

El ENARGAS refirió que «contar con un marco reglamentario para habilitar el uso del gas natural como combustible de vehículos carreteros, desde su producción en terminales automotrices y controles posteriores a su comercialización, también podría favorecer el desarrollo de una industria nacional de alto valor agregado, con potencial exportador, generadora de nuevas fuentes de trabajo y actividades industriales colaterales».

Fuente: Energía & Negocios
Noticia cargada el martes 30 de noviembre de 2021



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